Sucesión intestamentaria o legítima
Es el procedimiento que se lleva a cabo cuando no hay testamento, o el que se otorgó es nulo o perdió su validez; cuando el testador no dispuso de todos sus bienes; cuando no se cumpla la condición impuesta al heredero o cuando el heredero muere antes del testador, repudia la herencia o es incapaz de heredar.
REQUISITOS PARA ELABORACIÓN DE UNA SUCESIÓN TESTAMENTARIA O INTESTAMENTARIA
EN RELACIÓN AL ALBACEA, HEREDERO O LEGATARIO (S):
- IDENTIFICACIÓN OFICIAL VIGENTE QUE CONTENGA LA FOTOGRAFÍA, FIRMA Y EN SU CASO, DOMICILIO
- CURP
- CONSTANCIA DE SITUACIÓN FISCAL ACTUALIZADA (no mayor a 3 meses)
- COMPROBANTE DE DOMICILIO
- ACTA DE NACIMIENTO
- ACTA DE MATRIMONIO
- CORREO ELECTRÓNICO
- NÚMERO TELEFÓNICO
- OCUPACIÓN, PROFESIÓN U OFICIO
EN RELACION AL D´CUJUS:
- TESTAMENTO (EN SU CASO)
- EXPEDIENTE (EN SU CASO)
- ACTA DE DEFUNCIÓN
EN RELACION AL INMUEBLE (S):
- ESCRITURA DE ADQUISICIÓN ORIGINAL POR EL D´CUJUS
- REGLAMENTO (EN CASO DE QUE SE ENCUENTR EN CONDOMINIO)
- RÉGIMEN (EN CASO DE QUE SE ENCUENTR EN CONDOMINIO)
- CARTA DE NO ADEUDO DE MANTENIMIENTO (EN CASO DE QUE SE ENCUENTRE EN CODOMINIO O EL FRACCIONAMIENTO REQUIERA CUOTAS DE MANTENIMIENTO)
- RECIBOS DE PAGO DE AGUA, CFE Y PREDIAL (EN SU CASO)