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Documento de Voluntad Anticipada


Es la declaración unilateral de la voluntad de carácter revocable, por la que una persona manifiesta de manera libre, consciente, seria e inequívoca respecto al no sometimiento a medios, tratamientos y/o procedimientos médicos, para el caso de encontrarse con una enfermedad terminal o cuando por razones médicas, fortuitas o de fuerza mayor, sea imposible mantener su vida de manera natural.

REQUISITOS PARA ELABORACIÓN DE UN DOCUMENTO DE VOLUNTAD ANTICIPADA

EN RELACIÓN AL SOLICITANTE:

  1. IDENTIFICACIÓN OFICIAL VIGENTE QUE CONTENGA LA FOTOGRAFÍA, FIRMA Y EN SU CASO, DOMICILIO
  2. CURP
  3. CONSTANCIA DE SITUACIÓN FISCAL ACTUALIZADA (no mayor a 3 meses)
  4. COMPROBANTE DE DOMICILIO
  5. ACTA DE NACIMIENTO
  6. ACTA DE MATRIMONIO (EN SU CASO)
  7. CORREO ELECTRÓNICO
  8. NÚMERO TELEFÓNICO
  9. OCUPACIÓN

EN RELACIÓN AL REPRESENTANTE:

  1. IDENTIFICACIÓN OFICIAL VIGENTE QUE CONTENGA LA FOTOGRAFÍA, FIRMA Y, EN SU CASO, DOMICILIO
  2. CURP
  3. DOMICILIO
  4. FECHA DE NACIMIENTO
  5. ESTADO CIVIL
  6. CORREO ELECTRÓNICO
  7. NÚMERO TELEFÓNICO
  8. OCUPACIÓN

NOTAS

De acuerdo a la Ley de Voluntad Anticipada para el Estado de Guanajuato podrán ser representantes para la realización del documento de voluntad anticipada:

  • Las personas mayores de dieciocho años de edad;
  • Las personas con capacidad de ejercicio;
  • Los que no hayan sido condenados por delito grave;
  • Los que hablen el idioma del otorgante del documento de voluntad anticipada.

Cabe mencionar que cuando el solicitante o el Notario lo requieran, deberán concurrir al otorgamiento, dos testigos y firmar el documento de voluntad anticipada.